Ley de Protección Civil del Estado de Guerrero
Capítulo IV.
Los Grupos Voluntarios pueden integrarse conforme a sus bases de organización territoriales, profesionales o de oficios y de actividades especificas, a fin de que los Grupos Voluntarios internacionales, nacionales o regionales que deseen participar en las acciones de protección civil, obtengan su acreditación, deberán solicitar su inscripción ante la Secretaría técnica del Consejo Estatal, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Acta constitutiva y domicilio del grupo.
- Bases de Organización del Grupo.
- Relación del equipo con el que cuenta.
- Programa de Capacitación y adiestramiento.
- Documentación que acredite la profesión de los integrantes
Conoce el listado completo de requisitos por entidad federativa en este enlace